Reposo médico ante el IVSS

Abg. Adriana Fernández, Microjuris de Venezuela

Durante la relación laboral, todo trabajador puede ser objeto de una determinada situación que lo incapacite temporalmente para realizar su trabajo habitual. Tal incapacidad temporal, puede originarse por los siguientes motivos:

(i) una enfermedad laboral o común;

(ii) un accidente común o laboral;

(iii) por maternidad.

Ante dicha incapacidad temporal, el trabajador tendrá derecho a percibir de parte del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS), una indemnización diaria desde el cuarto (4to) día de incapacidad, resaltándose que la duración y asignación de las indemnizaciones no podrán exceder de cincuenta y dos (52) semanas (1 año) para un mismo caso.

Es importante destacar que, cuando la incapacidad, y por ende el reposo médico, tenga una duración de uno (1) a tres (3) días, el patrono es quien debe pagar el cien por ciento (100%) del salario por tales días, además de todos los beneficios socio económicos que le puedan corresponder al trabajador como si efectivamente estuviese trabajando, como por ejemplo el Bono de Alimentación.

A partir del cuarto (4º) día de ausencia y hasta el momento de su rehabilitación, readaptación, cura o declaratoria de discapacidad permanente o de la muerte, según sea el caso (encontrándonos ante una suspensión de la relación de trabajo, conforme a la cual el trabajador no presta servicios y el empleador no está obligado a pagar el salario), el trabajador recibirá una indemnización diaria por parte de la seguridad social, normalmente el 66,66% del salario normal declarado, correspondiendo al patrono pagar el 33,33% restante (Art. 73 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y Trabajadoras, G.O. N° 6.076, del 07/05/2012).

En razón de ello, el trabajador deberá validar dicho reposo médico ante el IVSS, en el plazo de las primeras 72 horas, contadas desde la fecha de emisión del mismo. (De esto se entiende que cuando el reposo es hasta 3 días, el Seguro Social no debe convalidarlo).

Dicho esto, los recaudos para validar un reposo mayor a tres (3) días en el Seguro Social, son:

  1. Ingresar a la página del IVSS http://www.ivss.gov.ve/. Descargar e imprimir  la planilla haciendo clic en el cuadro de cuenta individual. En caso de no encontrar su información personal por no estar registrado en el IVSS, la empresa deberá asumir el pago total del salario durante los días de reposo.
  2. Cédula de identidad laminada y fotocopia.
  3. Informe médico con letra legible y en el que se detalle el diagnóstico y resultado de todos los exámenes realizados, así como el tiempo de duración del reposo (mayor a 3 días). Dicho informe debe estar impreso en hojas donde se visualice el nombre y dirección del centro de salud, nombre y firma del médico tratante, con su respectivo sello húmedo.

Con tales recaudos, el propio trabajador o un familiar, o incluso el representante del Departamento de Recursos Humanos  podrá solicitar la cita en el centro asistencial del IVSS, donde se le informará la fecha en la que el trabajador deberá acudir a revisión, a fin de abrir su historial médico en el IVSS, y una vez verificada su incapacidad proceder a firmar, sellar y validar los días de reposo.

En caso que el trabajador no pueda trasladarse debido a que su incapacidad lo obliga a guardar reposo absoluto, siendo que los requisitos indicados, hayan sido suministrados por un familiar o por recursos humanos, el personal del IVSS procederá a visitarlo, sea en su domicilio o en el centro de salud, a objeto de comprobar la veracidad del reposo correspondiente.

Otras de las disposiciones legales, que respaldan lo referido al reposo médico, las encontramos en las siguientes normativas:

  1. Ley del Seguro Social (G.O. n.º 39.912 del 30/04/2012)

“Artículo 9

Los asegurados y aseguradas tienen derecho en caso de incapacidad temporal para el trabajo debido a enfermedad o accidente, a una indemnización diaria desde el cuarto día de incapacidad. La duración y atribución de las indemnizaciones diarias no podrán exceder de cincuenta y dos semanas para un mismo caso.”

“Artículo 10

Cuando el asegurado o asegurada, sometido o sometida a tratamiento médico por una larga enfermedad, agotare el lapso de prestaciones médicas y de prestaciones en dinero por incapacidad temporal, tendrá derecho a continuar recibiendo esas prestaciones siempre que haya dictamen médico favorable a su recuperación.”

“Artículo 11

Los asegurados y aseguradas tienen derecho a la prestación médica que se requiera con ocasión de su maternidad y a una indemnización diaria, durante los permisos de maternidad y por adopción establecidos legalmente, la cual no podrá ser inferior al salario normal devengado por la beneficiaria en el mes inmediatamente anterior a la iniciación de los permisos o a la fecha en que éstos debieron otorgarse de conformidad con esta Ley.”

  1. Reglamento General de la Ley del Seguro Social (G.O. n.º 39.912 del 30/04/2012).

Artículo 141

En caso de enfermedad o accidente que le incapacite para el trabajo, el asegurado tendrá derecho desde el cuarto (4º) día de incapacidad y hasta por cincuenta y dos (52) semanas consecutivas, a una indemnización diaria equivalente a los dos tercios (2/3) del promedio diario de salario, la cual se pagará por períodos vencidos. (…)”.

253 comentarios en “Reposo médico ante el IVSS

  1. Saludos… Es decir, que pasado los 4 días de un reposo del Ivss, en lo adelante el patrono esta obligado a pagar el 33,33% del salario que deja de pagar el IVSS?… entendí que el patrono paga los primeros 3 días y los otros ya eran responsabilidad del IVSS.. debido a que cuando hay suspensión del trabajo en este caso, el trabajador no tiene la obligación de trabajar y el patrono a pagarle el salario. Si me aclaran la duda, se los agradezco infinitamente. Gracias!

    • el cirujano urologo me dio 14 dia de reposo el ivss me lo combalido para hacer la diligencia de la cirugia la cual duro 2 meses para realisarse por que la empresa me ruleteo tuve que octar por un seguro de un hijo se realizo la cirugia me dan 21dia de recuperacion ivss me lo combalido la empresa me paga el 33 xciento pregunto y los 2 meses que no cubre el seguro social que puedo hacer gracias

      • El cestatiket se tiene que cancelar integro durante un reposo medico, eso le compete totalmente al empleador. Entiéndase que el único momento en donde no se le cancela el bono de alimentación al empleado es cuando falta injustificadamente, del resto se cancela todos los días del año.

    • AUNQUE DICE EL ART QUE «Es importante destacar que, cuando la incapacidad, y por ende el reposo médico, tenga una duración de uno (1) a tres (3) días, el patrono es quien debe pagar el cien por ciento (100%) del salario por tales días, además de todos los beneficios socio económicos que le puedan corresponder al trabajador como si efectivamente estuviese trabajando, como por ejemplo el Bono de Alimentación», NO TIENE BASE LEGAL, NI HAY OBLIGATORIEDAD DE PAGARLA POR PARTE DEL PATRONO, PERO SI EXISTE COSTUMBRE DE HACERLO SE DEBE HACER PARA QUE N
      O HAYA DISCRIMINACION LABORAL

  2. Empeze a trabajar en una empresa petrolera desde el 24 de febrero del presente 2015 tuve un accidente laboral el 11 de abril prestando servicio a la empresa y quisiera saber como queda mi relacion laboral pues nuestro contrato es LOT y me estan diciendo que cuando cese mi reposo el cual esta estimado por 3 meses por que fue una lesion a nivel de craneo necesito saber como queda mi situacion en la empresa y el pago de mi salario? sin mas Jose Gonzalez

    • su contrato de trabajo según lo dicho, es por tiempo determinado; de cubrir los pormenores jurídicos, su tiempo de servicio expira de acuerdo a la duracion del mismo contrato, pero ud debe determinar si de acuerdo a la LOPSYMAT, SU PATRONO TIENE O NO RESPONSABILIDAD EN EL MISMO ACCIDENTE. de ser asi ud. ya no trabajara mas para la empresa pero el patrono contratante de pagar lo que determine la ley.

  3. Se me esta aperturando un procedimiento de advenimiento conforme al articulo 79 literal f de la LOTTT debido a que mi patrono establecio un tiempo de entrega del reposo validado por el IVSS de cinco dias, la realidad de este ente social es que no hay medicos y cuando hay se debe agarrar cita o todo un conglomerado de procesos internos dentro de cada centro de asistencia «Social». se me dio un reposo por una enfermedad temporal de orden traumatologico de 7 dias porque la dolencia se subsana con cirugia y no con terapia ocupacional. No obstante me otrogan el reposo el dia 14/04/2015 lo consigno en el IVSS el dia 16/04/2015 (al segundo dia por desconocer el procedimiento de obtener un numero para la convalidación que habia que llegar a las 3am Centro Medico Los Teques del IVSS). ya consignados los recaudos que son Hoja Unica, RIF personal; copia de Cedula y el reposo, hoy dia 23/04/2015 no me ha sido entregado el reposo convalidado y me indicaron que debo acudir nuevamente a este centro a ver si ya fue conformado el dia martes 28/04/2015. Ante quien me amparo por tal detrimento sobre mi persona como trabajador en total indefensión que pasos debo seguir para no perder mis 23 años de servicio dentro de la Empresa??? Obvio considero una arbitrariedad establecer un margen de tiempo para la consignación de un reposo cuando escapa de las manos del trabajador y depende del IVSS entidad unica que convalida…

      • Buen día. Tiene conocimiento de en donde sale reflejado el tiempa para entregar los reposos validados en la empresa?

      • EL REGLAMENTO DE LA LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO QUE AUN SE ENCUENTRA VIGENTE, ESTABLECE QUE SON 2 DÍAS HÁBILES SIGUIENTES, PARA NOTIFICAR AL PATRONO LA CAUSA QUE JUSTIFICA SU INASISTENCIA AL TRABAJO

    • hola por conociminto tu empresa puede y debe recibirte la copia con el sello de tu cita.. y esperar por el original lo que no debes es pasar el tiempo de 72 horas para conformar..

      • Para nadie es un secreto que la seguridad social es un monstruo sin cabeza y mas allá de proteger al trabajador cubre todas los sinvergüenzas dueños de empresas que te hacen pagar un seguro privado y luego te envían al monstruo sin cabeza ( IVSS ) donde la BUROCRACIA te come ESTA ES LA REVOLUCIÓN BONITA AL CARAJO CON ESA REVOLUCION

      • Buenas noches, las 72 horas son habiles?. Me dieron reposo el Viernes… hasta cuando tengo chance para llevarlo al IVSS?

    • Hola buenas tardes mira yo creo que esas fechas deberían darlas de una vez ya que me quedaron dos reposos extemporáneos me dieron fecha y cuando fui no había quien convalidara y me los dieron así con un sello que dice extemporáneos y mi jefe me llevo como falta. Y me hicieron cambio de modalidad de pago en él ministerio y ahora hay que esperar llevo desde octubre sin bono de alimentación ni sueldony estoy trabajando dijeron que para marzo nos pagaban según ni se a quien acudir

  4. Estoy de reposo desde hace hace un año, mi pregunta es si solicito la incapacidad , puedo seguir de reposo y la empresa me seguiría pagando.??? o, puedo empezar a trabajar mientras se tramita la icapacidad ??

    • saludos , por favor aclareme esta duda yo entregue la planilla para la evaluacion de incapacidad del IVSS debo seguir llevando reposos convalidados al trabajo. en el seguro me informaron que no me convalidavan mas al darme esta planilla .gracias.

      • Sr. Luis lo q debe haber es esperar la evaluación del IVSS y entregar copia a recursos humanos de la planilla que le sellaron en el seguro como recibieron su expediente p evaluar.

  5. TENGO 5 MESES EN UNA EMPRESA Y ME DIERON UN REPOSO DE 21 DIAS, LA EMPRESA ME DESCUENTA EL SSO Y NO ESTOY ASEGURADA QUE DEBO HACER? FUI A COBRAR LA QUINCENA Y NO ME PAGARON?

      • En ese caso debes dirigirte a las oficinas del ivss a poner la denuncia y al ministerio de trabajo de tu localidad el patrono debera cancelarte todos los salarios caidos en un 100%, ademas de asumir la multa por parte del seguro social.

  6. Primero la empresa esta incurriendo en una irregularidad, segundo si ellos no te tienen inscrita en el seguro deben cancelarte el 100% de tu sueldo y luego arreglar que te inscriban desde el día que te están descontando dicho beneficio.
    Recuerda que solo tu puedes hacer valer tus derechos.

  7. hola buenas tengo varicela o lechina fui al sso y me dieron reposo en la unidad de epidemiologia mi jefa me dice que tiene un hermano medico y que valla a su cita, estoy obligada a ir a esa cita aun asi teniendo resposo del seguro social ? que debo hacer ?

  8. Buenos dias mucho me gustaria saber si existe un plazo de entrega de un reposo es decir si tengo un reposo por tres dias debe entregarlo o lo puedo entregar el dia que me reintegre.

    • Art. 37 del Reglamento de la LOTTT, establece que el trabajador deberá notificar al empleador dentro de los 2 días hábiles siguientes, la causa que justificare su inasistencia al trabajo.

      • entonces si yo sali de reposo un sabado y notifique de inmediato a mi coordinador. y le entregue el reposo el dia lunes debido a que no hay personal administrativo el fin de semana me lo tienen que pagar???

  9. buenas tardes tengo un trabajador que tubo un accidente un fin de semana, el dia lunes envia un reposo por 5 dias que ni valida EN EL SEGURO SOCIAL, SE PROCEDE A CANCELAR EL 33,33% EL DIA QUE LE CORRESPONDE INCORPORARSE PRESENTA UN REPOSO POR TRES DIAs mas y se le cancela el 33,33% . mi pregunta es procedi bien o debo cancelarle el sueldo semanal del reposo de los tres dias.

      • si ya estas Incapacitado, no tienes porque trabajar ni justificar tus reposos, ya tienes una pensión por incapacidad, y no t darán otra por jubilación, solo te falta la pensión por vejez

  10. Buenas tardes!!
    Disculpen, tengo una situasión en la empresa donde trabajo, fui de emergencia a la clínica porque me sentí muy mal, me diagnosticaron Bronquitis aguda y me dieron reposo por tres dias con tratamiento. en la empresa me dicen que debo validar el reposo de lo contrario la empresa no me pagara los dias que no asista.

    • Artículo 9:
      Las aseguradas y los asegurados tienen derecho en caso de incapacidad temporal para el trabajo debido a enfermedad o accidente, a una indemnización diaria desde el cuarto (4°) día de incapacidad. La duración y atribución de las indemnizaciones diarias no podrán exceder de cincuenta y dos (52) semanas para un mismo caso.

      En ese articulo no te dice nada sobre la cancelación de los 3 primeros días. Lee los articulos 71, 72 y 72 de la Lottt.

  11. Buenas tardes Sr Alejandro.
    La empresa esta incurriendo en una irregularidad,ya que el ivss indemniza al trabajador desde el cuarto dia en adelante,haga valer sus derechos lo dice el art,9 de la ley del seguro social.En ningún ivss a nivel nacional le van a transcribir un reposo de tres dias.Compre la ley del seguro social porque al parecer el jefe de talento humano de su empresa no esta actualizado en cuanto a estas leyes,y les muestra el articulo ,y asi les da la estocada.

    • Buenas Tardes, el articulo 9 de la Ley dice que el asegurado tiene derecho a una una indemnización diaria desde el cuarto (4°) día de incapacidad, sin embargo, no especifica quien paga los 3 primeros dias. En que parte dice que el patrono es el que los debe pagar?

      • Amigo es inexistente desde el punto vista juridico la obligacion del patrono a cancelar los 03 primeros dias de reposo y la jurisprudencia a la que se hace referencia en uno de los comentarios anterios solo obliga a cancelar al patrono los 03 dias de reposo porque forma parte de una de clausulas colectivas convenidas entre las partes. Aun seguimos teniendo lagunas juridicas que vulneran la seguridad social de nosotros como trabajadores

  12. Buenas tardes, nuestra trabajadora residencial esta embarazada y su medico le dio reposo por 20 dias, ella fue a varios centros medico del SSO para que le dieran la fecha para la cita y se la dieron para finales de este mes. Ella esta inscrita en el SSO y los pagos estan al dia, ahora mi pregunta es la siguiente: cuanto se le debe pagar? tenemos claro que los primeros 3 dias le corresponde al patrono 100% y el resto de esta quincena? se le paga completo y luego se le descuenta mientras el médico del SSO le valide el reposo?

  13. Buenas tardes

    Qué pasa si el trabajador nunca logra convalidar el reposa ante SSO? Qué debe hacer el patrono en este caso? Se le puede descontar el pago que se le había cancelado?

  14. Buenos días, soy funcionario publico y tengo dos reposos continuos avalados por el seguro social y el ultimo se termina a mediados de agosto pero la cita con la dra que me esta tratando en el IVSS es para principios de septiembre, ella me dijo que con la solicitud de la cita el organismo debe entender que mi falta es justificada hasta que ella me vea nuevamente. En donde está establecido esta norma que me ampare?

    • Tengo una trabajadora residencial, actualmente tiene 2 años de reposo, la junta de condominio le esta pagando su sueldo completo incluyendo sus beneficios laborales entre otras cesta tickets. Pregunto estamos obligados a seguir pagando o que procedimiento legal debemos de abrirle. La trabajadora se encuentra pensionada por el Ivss. Por vejez, tiene 60 años. El seguro alega que no puede cubrir el pago por estar pensionada por vejez. Que debo hacer. Gracias

  15. tengo casi un año de reposo por un accidente que debo hacer para solicitar los tres meses de prorroga al seguro social porque me falta por recuperarme y solo tengo 34 años y no quiero que me den la incapacidad

  16. hola buenas noches tengo cinco meses trabajando en una enpresa y esta semana fuy al medico y me dieron tres dias de reposo aparte de que no me lo pagaron me lo descontaron sumando mi salario por cinco dias osea que llo gano dos mil quiniento lo dibiden en cinco y eso es lo que me descuentan

    • Hola eso no es así el patrono o patrona esta obligado a cancelarte esos tres días de reposo a salario completo osea como si lo fueses trabajado y también t tiene q cancelar el bono d alimentacion

  17. CUAL ES EL PROCEDIMIENTO EN SI PARA APLICAR EL 33,33% DE PAGO DE SALARIO. INMEDIATO A PAGO SIGUIENTE? O COMO EMPLEADOR DEBO CONSIGNAR ALGUN DOCUMENTO ANTE EL SSO, YA QUE TENGO UNA EMPLEADA DE REPSOO POR 21 DIAS, Y ME SUPO DECIR QUE ESE DESCUENTO DE SU SALARIO DEL 33,33% NO ES ASI CMO ASI, Q LA EMPRESA DEBE ESTAR SOLVENTE ANTE EL SSO, Y QUE LA EMPRESA DEBE LLEVAR UNA SERIE DE REQUISITOS AL SSO, PARA QUE PROCESE EL REPOSO Y SE PUEDA APLICAR DICHO DESCUENTO.

  18. Buenas Tardes
    Mi esposa le dieron 21 dias de reposo fue a convalidar el mismo y le dieron cita para 15 dias despues. Se asistio y el medico de certifico el reposo, el cuasl se entrego a laempresa. Estos Mencionan que esta a destiempo. Es de hacer notar que ellos no tiernen un reglamento en donde establezcan eso. Que ley habla sobre el reposo y el destiempo. Claro conocemos las declaraciones de accidentes del INPSASEL. que si tienen destiempo. pero los reposos del IVSS.
    Gracias

  19. hola, el problema que tengo es el siguiente, ayer 07-10 miercoles me sacaron las cordales resulta que se me olvido pedirle el reposo a la doctora, al dia siguienteq mande a mi pareja le dijeron que no va hasta el miercoles de la proxima semana el reposo me dijo que era por 7 dias, el mismo miercoles se cumplen los 7 dias de reposo la cosa es que como valido eso en el seguro social si me lo da el mismo miercoles que se vence el reposo?que puedo hacer?

  20. Hola yo tenia un reposo por maternidad el cual fue cancelado en diciembre de 2013 no sabia del pago sino hasta q introduje otro por maternidad en junio del 2014 lo meti en reclamo y me lo cancelaron en octubre 2014 me queda el del 2014 pendiente ahora hace poco fui a preguntar en las oficinas por indemnizaciones diarias y me dicen q los dos reposos fueron cancelados pero solo cobre uno q tengo q hacer ayuda por favor.

  21. Buenas como hago ya que tengo un problema fui al medico y me dieron un reposo de 72 horas y el seguro social convalida el reposo después de los 4 días es decir 96 horas, por otra parte en nuestra Venezuela existe unos centro de diagnostico que uno acude ya que en los seguros sociales es un problema a diario que nos atiendan ya que no se dan abasto para atender a tanta gente y la empresa me esta alegando que no se me cancelara ya que no es emitido por el IVSS ya que yo estoy cotizando,

  22. Buenas Tardes, yo quisiera saber si a mi hija la van a operar de algo delicado, el reposo que le den a ella yo podría utilizar su reposo a mi favor para poder cuidarla?

  23. Tengo ya las 52 semanas pero interrumpidas por vacaciones y permisos el origen del reposo fue primero hiperactividad bronquial después hipertensión luego problemas en la cervical operación y rehabilitación al operarme se encontraron con múltiples nódulos en la tiroides que amerito exámenes tratamiento psiquiátrico y posterior cirujia total y adaptación medica me dicen que pida mi incapacidad con reposos distintos es eso valido?

  24. buenas noches me dieron un reposo de 3 días y en mi trabajo no me lo quieren reconocer y ademas despedirme porque no lo entregue en el trascurso de los 3 días. mi pregunta es pueden despedirme por no haberlo llevado en el lapso de los 3 días? muchas gracias

  25. Tengo un empleado que manifesto no cotizar Ivss porque cotiza por otro Trabajo; ahora tiene quince dias de reposo debo pagarle la totalidad del sueldo? que debo hacer al respecto?

    • Usted debió ingresarlo a través del sistema automatizado tiuna de ivss, en su forma 14-02, no puede cotizar sso en dos lugares de trabajo, por lo menos en 2 empresas privada, es su responsabilidad cancelarle el reposo, debido a que no lo registró en el tiempo correspondiente, y esta evadiendo el pago al seguro social, tanto el aporte de trabajador como el aporte de la empresa, la ultima empresa donde trabajo debio retirarli a través del mismo sistema, en su forma 14-03.

  26. Buenas Tardes tengo un caso de una empleada que tiene Otro empleo y solicito que no le descontara seguro social, ahora tiene un reposo por fractura de 15 dias y no se si debo pagarle su quincena completa ya que no cotiza seguro social pór la empresa?

  27. Buenas Noches tengo un caso de una empleada que me solicita no inscribirla en el Ivss, pero resulta que tuvo un problema de salud le dieron quince dias de reposo y no se si pagarle todo completo, ya que ella trabaja en otra empresa donde si le descuentan su IVSS?

  28. Buenas noches tengo un reposo de tres dias pero la empresa me pide que debe tener un sello del seguro social para pagarmelo en el seguro me dicen que no pueden colocarle ningun sello a un reposo por 3 dias ya que ellos tienen su propio formato apartir del 4 dia.

  29. Buenas noches! Soy Lic en enfermería me han operado 2 veces mi cervical ,tengo 3 prótesis y mi médico mi firmó la 14-08 porq agote mis 52 semanas de reposo y no puedo seguir trabajando por mis limitaciones! Trabajé 27 años me suspendieron mi sueldo hace 5 meses y nada q me pagan según eso disque se tarda para q comiencen a pagarme! Mi pregunta es la siguiente tiodos los reposos q tuve me los descuentan cuando me vayan a dar mi arreglo? Trabajé 27 años en el IVSS en el turno de la noche! Le agradezco q me saquen de duda porq me dicen q si los descuentan ? Gracias

  30. buen dia tengo una duda m sale en ivss en pago de indemnizacion diaria por reposo de maternidad. m sale mis datos y mi agencia del banco donde tengo que ir a cobrar pero voy al banco
    y m dicen q no hay nada. m pueden explicar q se debe hacer en este caso?

  31. Buenas tardes, soy docente en un instituto privado y estoy embarazada, fuí al médico y éste me dió un reposo por 15 días dado que presento una amenaza de aborto, en la escuela me indican que así convalide mi reposo igual me descontaran esos días de ausencia, inclusive ellos manifiestan que estos días de reposo me los volveran a descontar cuando hagan los arreglos anuales que hacen todos los años para el mes de julio… necesito que me asesoren con respecto a esto, que hay de cierto.

  32. buenas tardes, soy docente en un colegio privado. Acudí al médico porque estoy embarazada y tenía un fuerte dolor en la parte baja de la columna. el médico me da reposo por 15 dias. En la escuela me indican que asi convalide el reposo igual me lo descontaran que hay de cierto tengo dudas sobre éste.

  33. Tengo un reposo por accidente laboral, por una lesión que se complicó por la falta de atención oportuna, la empresa es tan pequeña que soy la única trabajadora, aunque el reposo es de solo 7 días me tocaban mis vacaciones el día 10 de Diciembre y me toca reincorporarme ese día, me dijeron que debo incorporarme o trabajar estos día, que se supone estoy de reposos o si no no salgo de vacaciones, ¿Eso es legal? a donde debo acudir para asesorarme oportunamente

  34. Buenas Tardes, Mi nombre es Luis Felibertt, después de un año de reposo el cual lo cumplí el pasado mes de Mayo del 2015, el Médico Neurocirujano, el Médico Traumatólogo y el Médico Fisiatra me entregaron el último informe médico estos último coinciden en mi incapacidad, lo cual entregue en la caja regional del sso y me informaron que debía esperar la evaluación de la junta médica del seguro cosa que a esta fecha todavía espero, en la caja regional me informaron que no tenía que presentar más reposo y que solo debía de esperar por mi jubilación especial ya que soy pensionado por vejez por el seguro , continúe activo en el trabajo durante 5 años hasta que salí de reposo y a partir del día 22 de noviembre del 2015 me suspendieron el pago semanal cuento con 66 años de edad y 12 años y 6 meses de tiempo laboral.
    m
    Me gustaria me orientase al respecto gracias.

  35. Quisiera saber, que pasa con los reposos que no son convalidados en 72 horas ante el ivss, que llaman ellos exporadicos o exporaneos; dicho esto, el director o directora emite una constancia de que el reposo es exporaneo( que no fue convalidado dentro de las 72 horas que rige la ley! Bien, dicho esta situacion, en mi trabajo dicen que ellos nop reciben dicho reposo, por que ellos aceptan solo los que fueron convalidados dentro de las 72 horas de ley! La pregunta es: Que debpo hacer? A quien acude uno para que ese reposo sea aceptado? Ya que si ellos no lo reciben, pasa a ser injustificado dicho reposo, pero me han dicho que ellos, lo patronos deben recibirlo! Por favor necesito dicha acesoria para mi y para poder orientar a mis compaÑeros, feliz tarde y espero me ayuden, GRACIAS!……..

  36. saludo, una gran duda, soy empleado publico, voy a cumplir 4 meses de reposo por psiquiatria, en mi trabajo me llamaron porque debo ir a que me llenen la 14-08 porque segun el reglamento del seguro social cambio? que debo hacer?

    • Eduardo ya paso 1 año que paso te evaluaron que te dijeron. Porque actualmente tengo una situación parecida. Con la diferencia que trabajo en una empresa privada y tengo 5 meses de reposo

  37. BUENAS TENGO UNA EMPLEADA QUE LE TOCAN 21 DIAS DE REPOSO, CUANTO TIEMPO TIENE ELLA PARA LLEVAR EL REPOSO LA SS.O; Y ADICIONAL, ESTAMOS SOLVETNTES PERO AUN BLOQUEADOS PORQUE HUBO UN ATRASO PERO YA PAGAMOS, EL SEGURO PUEDO CONVALIDAR ESE REPOSO???

  38. TENGO UNA EMPLEADA QUE LE DIERON reposo por 21 días, pero nosotros estamos bloqueados en el SSO, por una deuda atrasada que ya cancelamos, pero me dicen que en una semana ya estamos activos, ahora esta señora le puden convalidar ese reposo???

  39. hola buenas tardes tengo un trabajador que estaba de vacaciones y lo tuvieron que operar de emergencia le dieron 21 dias de reposo que tengo que pagarle,a donde tiene que ir el para que le validen el reposo,que tengo que pedirle yo de documentos ayudenmme x favor

  40. Buenas tardes soy empleada dependiente de la secretaria de educacion de la Gobernacion del Edo Zulia, estando de reposo via a la incapacidad al cumpliento de las 52 semanas (estando a la espera de la junta medica en el seguro social) me suspendieron el sueldo y la cesta tique asi como el bono vacacional, acudi a la Secretaria de educacion me respondieron que hasta que llevara el formulario 1408 no podian reintegrarme el sueldo y los sueldos caidos. Despues de 9 meses sin sueldo y muchas deligencias me comenzaron a pagar 15 y 30 de cada mes, pero los 9 meses de sueldos retenidos no me han dado respuestas, extraoficialmente me dicen que esos sueldos iban a pasar a deuda y que la cesta tique no me la iban a pagar porque como no lo trabaje no tenia derecho a reclamarlas. Funcionarios de trabajo social del seguro social me expresaron su asombro porque hasta donde ellos sabian mientras estuviera en proceso legal de suspenciones medicas mi sueldo era intocable. Por favor necesito asesoria, respondan…muchas gracias

  41. No puede validar mi reposo en las 72 horas, al cuarto día fui al IVSS; y me mandaron a la dirección del seguro social para ser sellado, ahora que debo hacer ante la empresa, o mejor dicho que debe hacer la empresa ante esta situación. Muchas gracias

  42. Magda Reinoso dijo:
    Saludos, me indicaron reposo médico por 10 debido a una laberintitis severa que tuve, al llegar a las oficinas del Seguro Social para convalidad el reposo, el doctor me dice que de acuerdo al diagnostico el sistema arroja 30 dias, sin embargo igualmente me convalidaron por 10 dias, me incorpore a mis labores asi enferma, ya que el otorrino debió indicarme el reposo por 30 dias, como deberán ustedes corregir esa disparidad entre doctor especialista y doctor ante el Seguro Social. espero información, muchas gracias.

  43. Tengo una fisura en uno de mis dedos del pie izquierdo. Me dieron reposo por unos 7 días , y en mi trabajo no están del todo conforme. No asisto a mi trabajo porque tengo que bajar y subir escaleras constantemente, por el cual hecho que me duele todo lo que es el pie al pizar. NO SE QUE HACER PORQUE NO QUIERO QUE ME HECHEN. Ya he entregado los santificado medico.

  44. En mi trabajo entregue una constancia emitida por un medico de una clinica, al momento de entregarla en el trabajo me dijeron que no era valida para ellos esa constancia que debia ser obligatoriamente x el ivss para ser cancelada y es por 72 hrs,en el seguro me dicen q ellos la validan a partir de el 4 dia,cuando la constancia es x mas de 4 dias.queria saber si es cierto

  45. Buenas tardea tengo un problema de cervical por el trabajo me dieron limitaciones laborales por ivss y en salud laboral de la empresa me pidieron pidieron cambio de puesto luego de una evaluación porque me mandaron dos reposos 1 de 15 días y uno de 21 ambos convalidadoa y terapias de cervical y hombro porque el tipo de trabajo q hacia era repetitivo y haciendo peso. Era la única mujer en ese cargo laborando luego de esto me reintegre una semana y había una plaga de zancudos en la cocina del empleo y me dio dengue henorragico lo cual me dejaron hospitalizada 3 días y mandaron reposo de 15 días. Eso fue en un periodo de 3 meses del año 2015 Me reintegre a mis actividades en enero del dengue dw diciwmbre. El 19 de enero me mandaeon a salud laboral a ccs para verificar mi condicion y retome mis actividades donde les especificaron q tenian q seguir mis limitaciones laborales o darme cambio denpuesto. Me dejaron en el mismmo puesto y me colocaban mas trabajo de lo normal como para qie renunciara. Y esto hizo q me mareara e inflamra nuevamente la cervical ll cual me infiltraron actualmentee citaron para el cambio de puesto y me dijeron que si yo renunciaba me darían cierto monto y si llegaban a un acuerdo conmigo me darían otro porque no les conviene tener un empleado con esos problemas de cervical y yo respondí que no aceptaba el acuerdo me cambiaron de puesto y a los 3 días del cambio estoy presentando bronco neumonía y me dieron reposo de 72 horas nose si tomarlo por la situación y si me afecta o perjudica dado q estoy enteenandome en otro puesto y se presento esto. Me pueden botar? el cambio de puesto no han echo ningún acuerdo en mi contrato de fijo puesto q el puesto donde estaba antes gana por encima de donde estoy ahorita y para no reducirlo porque seria despido indirecto decidieron dejarme el mismo sueldo.

  46. Buenas tardes necesito orientación urgente tengo un hermano hospitalizadoen clínica de reposo x problemas psiquiátrico .desde hace varios años .en estos momentos no los quieren dar de alta cuando el amerita custodia en clínica ellos alegan falta de comida x la situación del país y ya su estadía ahí esta cubierta hasta julio .necesito me orienten x favorb

  47. No estoy de acuerdo con la manifestacion que un trabajador se le debe cancelar los tres primero dias por parte del patrono , ya que existe la norma del seguro social de reposos temporales y permanentes en cual claramente establece que los reposos medicos prescritos por medicos particulares no tienen validez legal para los trabajadores asegurados a menos que sean avalados por medico que trabajen en la institución del seguro social

  48. Buenas noches necesito que por favor me aclaren una duda, tengo un trabajador en la empresa y tuvo un problema personal en su casa con un familiar, no me fue a trabajar el dia lunes se presento con un yeso en la mano y fue al seguro y le dieron una cita para el dia 21 de abril con el traumatologo, la empresa esta obligada a pagar el 33,33% por los dias de reposo, asi el accidente no fuese en su lugar de trabajo?

  49. Buenas tardes, soy Pensionado de 62 años pero aun estoy trabajando , estoy algo delicado de salud y el especialista me dio 30 dias de reposo ; pero en la empresa me dicen que tengo que validar el reposo ante el IVSS pero en las oficinas del IVSS me dicen que como pensionado no debo validar reposo . Mi pregunta : Legalmente que articulo ,resolucion o providencia me ampara para yo sacarle copia y llevarlo a mi trabajo . porque me amenazan con descontarme los días! Gracias.

  50. Buenas tardes, tengo dos personas de reposo el cual a cada uno le dieron 3 dias de reposo pero debido a lo que presentan volvieron a ir al medico y le dieron 3 dias mas.. mi pregunta es tienen que validarlo ante el IVSS ? como es el procedimiento en esos casos…

  51. Difiero de la opinión expresada que se deben pagar los tres primeros días, porque el artículo 72 de la LOTTT, literales a) y b) señala que la enfermedad o accidente común no ocupacional y la enfermedad ocupacional o accidente de trabajo, que incapacite al trabajador se entiende como suspensión de la relación de trabajo, que conforme al artículo 73, el patrono no esta obligado a pagar el salario. De conformidad con el artículo 9 de la Ley del Seguro Social y 141 de su Reglamento, esa indemnización es a partir del 4to día, es decir, los tres primeros días no se pagan. Saludos

    • Rafael no leíste completo el articulo o no interpretarse bien la norma. Los literales a y b tienen excepción de la regla y el patrono debe pagar la diferencia entre su salario y lo que pague el IVSS. Ojo: Si el trabajador no fue afiliado al SSO, el patrono debe pagar el salario integro (100%).

  52. BUENAS TARDES, EN LA EMPRESA DONDE YO TRABAJO EL ABOGADO LABORAL DICE Y REATIFICA QUE EL PATRONO NO ESTA OBLIGADO A PAGAR LOS PRIMEROS 3 DIAS! QUE NO HAY UN MARCO LEGAL QUE AMPARE ESO, MI PREGUNTA ES SI HAY UN ARTICULO QUE LO ESPECIFIQUE TAL CUAL?

  53. Buenas tardes, estuve de reposo por 5 meses debido a mucho stress y estuve bastante afectado, luego inmediatamente pedí mis vacaciones y descanso los cuales fueron por 6 meses, una semana antes de cumplirse mi reintegro, estuve que pedir reposo y me dieron 21 días, luego fui con la Dra. Ocupacional y no me dio el reintegro y sino que me mando 2 reposos más de 21 días pero ya directamente convalidado por el IVSS. La Dra. Ocupacional le envió un informe médico a la Dra. Tratante que dice: se determina que el paciente debe de permanecer de reposo médico y posiblemente a futuro emisión de 14-08 para evaluación de la comisión nacional del IVSS, o ser reintegrado formalmente por psiquiatría en la institución (IVSS). De acuerdo a la mencionada evaluación se determinara si es factible previa evaluación por psiquiatría su desempeño en labores administrativas. Mi reposo termina el día 12 con reintegro el 13 de julio me tengo que presentar. Mi pregunta es la Dra. Ocupacional se puede negar a darme el reintegro? ya que la Dra. Tratante envió un informe con mi reintegro y dice que estoy capacitado para realizar mis actividades laborales. Mi temor es que ella no me quiera dar el reintegro.

  54. Buenas noche yo tengo ya 3 años en tratamiento medico con los psiquiatras y estoy tomsmdo pastillas para los nervios y así trabajo me han mandado reposo y no lo agarro y así siento q no puedo trabajar y tengo 16 años trabajando ahí fija y no fija 8 años en total 25 años el cual los otros 8 años no me lo quieren reconocer / que hago para que me jubilen en mi estado gracias vicky99_2@hotmail.com

  55. Buenos días, mi mama tuvo un accidente laboral hace 2 año y medio y le dieron la incapacidad del 31% en la mano derecha esto no solo le dejo la mano inmovil sino que tambien trajo como consecuencia otra afliccion de tunel escarpiano, la cuestion es que ella esta en su lugar de trabajo mientras le sale la indenizacion y pare de contar, le toco cita hace poco con el medico y este le dio un reposo de 21 dias y ella fue al seguro y se lo convalidaron, pero pasado los 21 dias, a su incorporacion, cuando le fueron a pagar el bono alimenticio le descontaron 15 dias, y la empleadora le dijo que le anularon el reposo, efectivamente lo anularon pero mi pregunta es esto es legal? y que articulo certifica esto? ademas el medico del IVSS fue contactado y nos indico que el no anulo el reposo? que se puede hacer en este caso

  56. buenas tardes tengo una duda estoy de reposo por maternidad me pagan solo el 33% de mi sueldo y quisiera saber como hago para obtener el resto de mi salario a quien tengo q acudir

    • Buenos días, lo que debes hacer es solicitar el pago del 66,66% que no paga la empresa, al IVSS, llevando una serie de requisitos a la oficina de prestaciones del centro asistencial que le emitió el reposo. Los requisitos son muy sencillos.

  57. Buenas tardes, quisiera preguntar lo siguiente, tengo un trabajador que me trajo dos reposos de tres días cada uno para dar un total de 06 días, con patologías distintas pero en días consecutivos, cual es el deber ser, que el trabajador vaya y lo convalide al seguro social ya que a pesar de que son dos reposos igual tienen fecha consecutivas pero diferentes patologías o tengo que pagarle casa reposo al 100%? Agradecería me pudieran aclarar dicha duda.

  58. hola buenas tardes,yo tengo una sola duda. si un trabajador se enferma por decir con fiebre y un virus y le dan 3 dias de reposo y este va al seguro social y le dan el justificativo o reposo por dichos 3 dias,la empresa debe pagarlos obligatoriamente o queda a juicio del patrono si los paga o no ? en la empresa donde trabajo dicen que el patrono paga los 3 dias si ellos quieren.
    acalro no seria por enfermedad ocupacional ni accidente laboral,solo por algun virus que amerite 3 dias.

    espero respuesta a mi correo si es posible Juanbarcenas1985@gmail.com
    gracias de antemano a quien pueda responderme

      • muchas gracias señora Sonia Ramirez y donde puedo avalar la informacion ya que en la LOTTT parece quedar un vacio con respecto al tema lo que aprovechan algunos empresarios y por otra parte como haria para hacerle otras consultas laborales y se le cancela si es necesario pero es importante su aporte.
        saludos…

    • Debes tramitar el pago ante la oficina de prestaciones del centro de salud que te emitió los reposos y deben llevar una serie de requisitos que son muy sencillos, tales como el reposo original, cuenta individual y forma 14-52 que la debes solicitar en la empresa donde trabajas. Para mayor información sobre los requisitos debes dirigirte al IVSS donde te emitieron los reposos.

  59. Buenas tengo un problema este año está varias veces hospitalizada y me han dando los reposos rápido por correo pero me operaron hace pocho y cuando me iban hacer el reposo salió en sistema que me había excedido con reposos que se hace en ese caso

  60. Buenas noche fuy suspendido por el ivss por 21 día por Intervecion quirúrgica la empresa el 33.3% me lo dan en efectivo y me sacaron de nómina y me estás obligado a renunciar y por ley me faltan 21 días más eso es legal o es despido indirecto que debo aser

  61. Buenas tardes. Trabajo en una empresa privada (voy a cumplir en noviembre 31 años de servicio), estoy de reposo por cervicobraquialgia severa izquierda, me dieron reposo por 21 días, se me terminaron ayer 31 de agosto de 2016, el médico me indicó 21 días adicionales de reposo y el SSO no me lo quiso convalidar, que tienen que darme solo 10 días; una compañera me indicó que por ser pensionada por vejez no tengo obligación de convalidar el reposo ante el SSO pero no consigo nada en Internet (resolución, decreto, gaceta) que certifique esto. Me puede ayudar con esto por favor?.

  62. buenos dias hace 6 meses llene la 1408, cuando la lleve al seguro me dicen que no la pueden precesar por que el patrono esta moroso con el seguro social tengo que esperar ,que el patrono se ponga al dia con el seguro social. no es mi culpaque ellos no pagaron ya que ami me descuentan dicho seguro. que debo hacer.por que me quieren descontar la cestaticket,es la gobernacion de lara (funda escolar)

  63. APENA HOY TENGO 16 DIAS DE Q ME HAYAN ATROPEYADO Y MIS COMPAÑERO DE TRABAJO SON TESTIGO DE LO PASO…. Y LUEGO ME LLEVARON AL MEDICO DONDE EL MEDIO MEDIO UN RESPOSO DE UN MES…. Y PUES EN SEGUIDA LE PEDI LA CONSTANCIA MEDICA DE MI REPOSO… ENTONCES ME LO DIO HASTA DONDE YO TENGO ENTENDIDO CUANDO EL REPOSO PASA MAS DE TRES DIAS HAY Q LLEVARLO AL SEGURO PARA Q SE LO VALIDEN Y EL TRABAJADOR DEBIDO AL ACCIDENTE NO PUEDE ELABORAR… AL LLEGAR LA QUINCENA ME IMAGINOO Q CON REPOSO VALIDADO X EL SEGURO SOCIAL EL TIENE DERECHO DE COBRAR CM SI ESTUVIESE TRABAJANDO…. PUES HOY STOY SIENDO VICTIMA XQ MI PATRON DICES Q SOLO ME PAGARA SOLO TRES DIAS USTEDES CREEN Q ES JUSTO.LO Q ELLOS STAN HACIENDO CONMIGO…

    • Buenos días, quisiera saber si fue un accidente de trayecto, es decir cuando ibas o regresabas de trabajar?. Por que si fue así deben haber reportado el accidente ante el INPSASEL y deben pagarte. Se sugiero que vayas al INPSASEL y al MINISTERIO DEL TRABAJO a plantear tu caso. No dejes correr los días, mientras más rápido plantes tu caso ante los organismos competentes mucho mejor.

  64. Buenos días, en mi caso me dieron 02 reposos de 21 días por psiquiatría trabajo para el ministerio de asuntos penitenciarios, al reincorporarme me informaron que se me iba a cancelar solo el 33,33% de mi sueldo por 04 quincenas osea dos meses. Mi pregunta es ¿Para hacerme el descuento es legal que modifiquen en mi constancia de trabajo el monto mensual que devengo actualmente, por un monto inferior, o deberían descontarlo en base a mi ultimo sueldo ? pregunto esto porque al reincorporarme pude imprimir en la pagina del ministerio mi ultima constancia en horas de la mañana y aparecía reflejado mi sueldo actual que es de 55.000, ya en la tarde cuando volví a ingresar tenia otro monto inferior de 26.000 y al día siguiente otro inferior de 18.000 y en base a este ultimo es que me están descontando el sueldo y hasta mi bono vacacional se vio afectado me lo pagaron incompleto, cabe destacar que las cuatro quincenas se vencen el día 10/11/2016 y para esa fecha cancelan la primera mitad de las utilidades lo que me lleva a pensar que también me veré perjudicado. Por favor necesito su orientación en cuanto a mi caso mucho sabría agradecerles.

  65. por favor necesito que me saquen de una duda, hoy fui al seguro me pidieron numero de telefono dela escuela y el correo de la escuela y el mío, el Dr que me atendio me dijo que bajara mi reposo por internet y ahorita me estoy dando cuenta que di mi correo con un error será que el reposo también lo mandan al correo de la escuela? por favor respndan gracias

  66. hola buenas mi esposo ya tiene dos reposos de 21 dias la empresa no cotiza seguro y no le pagaron los cestatickes y ahora le salieron con que lo van a despedir por que no puede seguir pagando reposo que se haria en este caso

    • Buenas noches. Denuncie la situación ante la inspectoría del trabajo. El patrono está obligado a inscribir a todo trabajador ante el IVSS dentro de los 3 días siguientes al inicio de la relación laboral. Cuando el trabajador está inscrito en el IVSS y se encuentra de reposo, el IVSS paga el 66,66% del salario y el patrono el 33,33% del mismo, además del cesta ticket.
      En caso de que el patrono no haya inscrito al trabajador ante el IVSS, en caso de que el trabajador se encuentre de reposo, debe pagarle el 100 % del salario, además del cesta ticket.
      Le sugiero que el trabajador siga asistiendo al ambulatorio del IVSS para que le expidan sus reposos, les saque 3 fotocopias, se dirija a su centro de trabajo con el original y las dos copias del reposo. El original SOLO para que el patrono lo vea, una copia para entregarla al patrono y la otra copia para que el patrono se la firme, selle y coloque fecha y sello de la empresa. Puede colocarle a la copia que le entrega al patrono, lo siguiente. «Yo, (nombre y apellido del patrono o representante que le recibe el reposo) doy fe que la presente es copia fiel del original que he tenido para su vista». De seguidas que el patrono se la firme, selle y coloque fecha y sello de la empresa. Si no tiene espacio en el anverso de la copia del reposo, puede hacerlo todo en el reverso. Igualmente, le reciban o no dicha copia, aconsejo que le envíe escaneado original del reposo a la dirección del correo electrónico de la empresa.Haga esto el mismo día o dentro de los 2 días siio le entregue el reposo, es decir, lo más pronto que pueda.
      Siempre que el trabajador tenga una causa justificada de inasistencia al trabajo, el patrono NO puede despedirlo. De hacerlo, es ilegal y podrá acudir a la Inspectoría para solicitar el reenganche y el pago de los salarios caídos.
      Además, puede denunciar a la empresa ante la Caja Regional del IVSS por no tener al trabajador inscrito ante el IVSS.

      • Disculpe Sra Jessica Bande. Hago una corrección que coloco en MAYUSCULAS para que le sea más sencillo ubicarla:
        «Le sugiero que el trabajador siga asistiendo al ambulatorio del IVSS para que le expidan sus reposos, les saque 3 fotocopias, se dirija a su centro de trabajo con el original y las dos copias del reposo. El original SOLO para que el patrono lo vea, una copia para entregarla al patrono y la otra copia para que el patrono se la firme, selle y coloque fecha y sello de la empresa. Puede colocarle a ESTA copia, que SE QUEDA EL TRABAJADOR, lo siguiente. “Yo, (nombre y apellido del patrono o representante que le recibe el reposo) doy fe que la presente es copia fiel del original que he tenido para su vista”. De seguidas que el patrono se la firme, selle y coloque fecha y sello de la empresa. Si no tiene espacio en el anverso de la copia del reposo, puede hacerlo todo en el reverso. Igualmente, le reciban o no dicha copia, aconsejo que le envíe escaneado original del reposo a la dirección del correo electrónico de la empresa».

  67. Estuve de reposo por 20 días lo convalide al Ivss me descontaron de mi quincena me aplicaron el art.141 SSO. por un monto de 6794,57 y un descuento por permiso no remunerado 1198,98 que hago eso es normal o tengo que esperar a que me hagan un reembolso

    • Buenas noches. Mientras el trabajador se encuentra de reposo, la empresa está obligada a pagar al trabajador el 33,33 % del salario y el cesta ticket completo. El 66,66 % del salario, lo paga el IVSS. En la Caja Regional del mismo le indicarán cual es el procedimiento.

  68. buenas noche soy docente contratada pago seguro y tengo doble lesion valvular mitral moderado y mi cardiologo me va hacer el cambio de actividad en vista de mi situación de salud y me tienen que hacer un cateterismo en barqusimeto y mi pregunta es la siguiente donde tengo que ir a convalidar mi cambio de actividad en la institucion le agradezco en lo que me puedan ayudar

  69. Buenas noche quiero consultar lo siguiente tengo casi un año de reposo por tener biopolímero en los glúteos en la zona lumbar y en la parte alta de la espalda, llevando ya 2 intervenciones la más reciente el 22 del mes de noviembre, mi inquietud es que la empresa no me quiso pagar mis utilidades, me siento impotente porque me estoy viendo en la obligación de reintegrarme a trabajar con los puntos y el drenaje. Ellos me negaron cualquier clase de ayuda porque era un problema de estética, las operaciones han sido super costosas la primera salio en un millon cuatrocientos y esta segunda salio en dos millones seiscientos, vale destacar que trabajo en una empresa de seguro y no me quisieron ayudar ni con los exámenes preoperatorio. Y ahora pagaron las utilidades la semana pasada y a mi no me la pagaron.

  70. buenas noches soy trabajador residencial tengo 64 años de edad y soy pensionado por lo tanto no cotizo al seguro social mi pregunta es la siguiente estoy actualmente de reposo por una ulsera en mi pie tengo mes y medio de reposo y esta ultima quincena la administradora del edf decidio suspenderme mi pago alegando que me debe pagar el seguro pero yo no cotizo porque soy pensionado tienen ellos razon de no pagarme o debo dirigirme al ministerio o simplemente no me toca cobrar nada porfa necesito una respuesta urgente gracias

    • Si usted esta activa y trabaja y esta en nomina por la administradora por ley usted debe cotizar al seguro social, en el seguro no son adivino para saber si usted trabaja o no, y digale a los de la administradora pirata que se lean la ley del seguro social vigente.

  71. Buenas tardes,
    Tengo una situación y deseo consultarla.
    Llevo 2 meses de reposo por una afección causada en parte por las labores ejercidas en mi trabajo. La institución para la cual laboro no me había realizado ningún descuento hasta mi última quincena donde debitaron el 98% de la misma, es esto legal?
    Muy agradecida por sus respuestas y recomendaciones.

  72. Jenner vasquez 30 de Diciembre de 2016. Estoy de reposo desde 30 de septiembre del 2015 y la empresa Astinave m dejo de cancelar mi quincena del 1 de octubre del 2016 . y la resolución del seguro social no m a salido . Que c puede hacer xq ninguno de los 2 m da respuesta. Y no stoy cobrando

  73. ola buenos días, mi pregunta es sobre 2 reposo que 3 días que tuve en menos de 15 días, el cual yo libro de sábado y domingo y trabajo de lunes a viernes. Yo obtuve el día jueves 29 de diciembre un reposo de 3 días, abarcando jueves, viernes y sábado. En mi relación de trabajo solo sería jueves y viernes porque sábado estoy libre al igual el domingo. El día lunes me dirijo otra vez al Ivss y me dan otro reposo por 3 días más equivalente a lunes, martes y miércoles. Ambos reposo fueron por el mismo caso de unos dolores (cólico nefritico). Entonces yo me pregunto si la empresa donde yo trabajo me paga esos días ya que a mi entender los reposos no tuvieron continuidad por mis días libres y fueron emitido en diferentes fecha. Yo me reintegre al trabajo el día jueves 5 de enero.

  74. Buenas noches a ver si pueden orientarme, estuve de reposo psiquiátrico casi seis meses y mi patrono pidió por el art 62 del rgto de la ley de carrera una junta medica, me llamaron a horas de su realización y el medico de la supuesta junta medica me pregunto 1)si viaje, Respuesta: No 2) si estaba cobrando mi sueldo y cesta tickets y si era así que lo iba a dejar de cobrar pronto, Respuesta: Si estoy cobrando pero por cheque me dejaron de abonar por nómina, me preguntaron 3) donde esta su 14-08 Respuesta: no la tengo y 4) donde están sus exámenes médicos Respuesta : No los tengo pues no sabia que exámenes, obviamente esa junta médica estaba viciada y me obligaron a reintegrarme y sigo con mi patología y mas grave pues estoy más depresiva y en un puesto de trabajo viendo para la pared llorando todos los días, denuncie ese acoso laboral en inpsasel pero estoy asistiendo a mi trabajo con ese malestar injustamente, metí la reconsideración en el seguro social pero dicen que en 6 meses, eso sería si la junta medica hubiese sido imparcial y justa pero obviamente no, pues esas preguntas no tenian nada que ver con la evolución de mi enfermedad tal como dice el citado artículo, esto obedece a un caso de acoso laboral

  75. Buenas Tardes.
    Como hace una persona cuando tiene un accidente el cual no se puede movilizar en un lugar diferente a su lugar de residencia.
    Comento esto porque, mi lugar de trabajo es en la ciudad de maturín, pero tuve una caída en la ciudad de san juan de los morros, acotando que la distancia que hay entre estas ciudades es de aproximadamente 12 horas. Cuando fui al SS de San juan me dicen que no puedo validarlo por alli dado que mi lugar de residencia es en Maturín. Y como hago si no me puedo trasladar hasta allá? aunado también a que sólo te dan 3 dias para validarlo.

  76. Buenas tarde, yo estoy en un proceso de invalidez en espera q el seguro me llame para la evalucion medica el patrono tiene derecho de cancelarme el 33.3% como estipula la ley org de trabajo y la cesta tike

    • Si agotó el lapso de las 52 semanas y el médico tratante expidió la solicitud de evaluación de incapacidad residual, culmina la emisión de la forma 14-73, documento válido para el pago de las indemnizaciones diarias por parte del IVSS y por ende la diferencia que debe pagar el empleador, Ahora bien, a partir de ese momento el asegurado pasa a depender de la Comisión de Evaluación, no obstante el patrono no está obligado a pagar diferencia alguna, puesto que el seguro no paga indemnizaciones diarias por haber agotado el lapso (Art. 9 LSSO y 72, 73 LOTTT) y por supuesto tampoco la cesta tike, aunque la suspensión de la relación de trabajo se mantiene y culminará al término de los resultados médicos para una pensión de invalidez o su reintegro según dictamen respectivo

  77. Buenas tardes tengo un reposo post natal desde el 24 de agosto del 2016 y culmina el 23 de febrero del 2017 para dar finalizado este reposo, el Ivss da alguna carta u hoja sobre la culminación del mismo? Y el Ivss cancela el salario? Ya que solo he recibido la cestaticket de la empresa? Espero su respuesta
    Correo: licfrancespulido@hotmail.com

  78. Buenos dias, yo soy pensionada desde enero 2017 por el ivss por vejez, estoy activa en mi trabajo, pero actualmente me encuentro de reposo desde el 25-12-16…Mi pregunta es si el patrono me está pagando solo el 33,33% del sueldo, es legal? y si lo fuera, yo tendría derecho a recibir el restante 66,67% de parte del ivss….?? en espera de respuesta..Gracias
    Correo personal: dzambrano0211@hotmail.com

  79. BUENAS NOCHES. TENGO 6 REPOSOS CONTINUOS CONVALIDADOS POR EL IVSS Y YA EN EL REPOSO 6 ME DICEN QUE NO DEBO VOLVER POR MAS REPOSOS. QUE DEBO HACER AHORA? YA CUMPLÍ MIS AÑOS DE SERVICIO LEGALES. ME SALE JUBILACIÓN O INCAPACIDAD ?

  80. La consulta es la siguiente: Un trabajador, obrero, cargo Aseador grado I, adscrito a una Universidad Politécnica (antes tecnológico) dependiente del MPP para la Educ. Univ. Cs. y Tecnología, se mantuvo de reposo médico todos validados por el IVSS, introduce la Forma 14-08, la cual está debidamente firmada y sellada por la Jefatura de Recursos Humanos, por el Médico Tratante del Hospital del Seguro Social y firmada y sellada por el Director del Hospital. Cuando se lleva la copia de la Forma 14-08 a la Universidad y solicita la forma 14-100 para presentar con otros documentos a la Caja Regional, le informan en la Unidad de Recursos Humanos que su Cestaticket Socialista (bono de alimentación) fue suspendido y a la vez lo sacan de nomina y no le pagan el salario. CONSULTA: Es esto correcto?, No le han notificado por escrito tal acto administrativo. Aparte que el Consultor Jurídico de la Universidad le informa que su caso pasó a la Fiscalia del Ministerio Público, aun presentando todos los reposos del SSO legalmente emitido por el médico tratante adscrito al IVSS, aun presentando la Forma 14-08 que previamente fue llenada, firmada y sellada por la misma Jefe de Recursos Humanos. Presumo que le están cercenando su derecho a la defensa (Articulo 49 Constitucional) y a la vez le hacen una retención del salario y cestaticket indebido, violando la LOTTT y la Ley del Seguro Social y su Reglamento. Es así?. Procede intentar acciones ante la Inspectoria del Trabajo? Procede intentar demanda de calificación de despido injustificado ante los Tribunales de la República? Amiga ROSALIAMAGRO, orienteme al respecto por favor. Gracias

    • Es correcto el procedimiento tomado por la dependencia, lamentablemente cuando el médico tratante emite la forma 14-08 es porque existe criterio de no recuperación de la enfermedad que originó la suspensión, esto no quiere decir que termina el tratamiento médico, sólo que termina el derecho del IVSS de pagar el equivalente de los 2/3 del salario de cotización al igual que el patrono el 33,33 % y la cesta tike, no hay obligación de pagar salario por cuanto el trabajador tampoco está obligado a prestar servicio, mientras se encuentra en proceso de evaluación por parte de la Comisión de Evaluación de Incapacidad Residual se mantiene el vínculo con la empresa, puesto que hay una suspensión de la relación de trabajo, continúa eso si, con las cuotas a la seguridad social y demás beneficios contractuales que el patrono debe sumir.

  81. TENGO TRABAJADORES Y (AS) DE EDAD YA PENSIONADOS (DAS) CUANDO VAN A VALIDAR UN REPOSO POR EL IVSS ESTA INSTITUCION NO LO HACE PORQUE SON PENSIONADOS.
    QUIERO SABER EL ARTICULO DE LA LEY O REGLA,MENTO DE LOS IVSS QUE LO INDIQUEN QUE ES ASI

    GRACIAS !!!

    • Creo que este es un problema más de discrecionalidad de los funcionarios que se toman atribuciones que no le corresponden, a saber: el hecho de que un trabajador(a) sea beneficiario de una pensión de vejez y continua trabajando, lógicamente debe seguir cotizando a la seguridad social, ahora bien, cuando por razones de salud se suspende la relación de trabajo, por cualquier contingencia, ésta tiene un límite de hasta doce meses, durante éste lapso el trabajador recibe las indemnizaciones diarias equivalente a los dos tercios del salario de cotización y el empleador cancela la diferencia que no paga el ente de seguridad social, para los efectos del IVSS el único comprobante válido para este pago es la forma 14-73 «Certificado de Incapacidad Temporal» cuyo período se cancela o se acredita a través del Sistema Administrativo de Indemnizaciones Diarias y que en la actualidad el seguro social automáticamente emite el correo electrónico que envía directamente al correo institucional del patrono, en el caso de los pensionado por vejez, no aplica el pago de las indemnizaciones diarias, por cuanto no es compatible la percepción de una pensión de vejez, invalidez o sobrevivientes con la de indemnizaciones diarias, en todo caso el trabajador se acogerá a la que más le beneficie y para tal fin de solicitar suspender la pensión durante el período de reposo, pero en vista de lo engorroso de esto, el IVSS prefiere no cancelar dichas indemnizaciones, pero ojo! esto no implica que no le expidan la forma 14-73. Finalmente el patrono en estos casos no está obligado a pagar diferencia alguna puesto que el IVSS no paga nada.

  82. Buenas tardes me mandaron reposo de 15 días por dolor constante al estar sentada ya pedí la cita para validar el reposo, la cita me tocó para después que cumpla el reposo, mi pregunta es cumplo mi reposo normal, así mi cita haya quedado lejos después de cumplir los días correspondientes?

    • Si claro cumple tu reposo en casa y luego te reintegras y posteriormente vas a la cita a validar eso pasa mucho y esta dentro de la legalidad… no es tu responsabilidad el dia q te otorgan la cita para validar…. eso si presenta o manda copia de tu reposo con ese sello del ivss con la cita lo mas pronto posible y quedate con una copia del reposo recibida por tu empresa como constancia

  83. Hola a todos, la empresa donde laboro a partir del mes de abril 2017 nos quiere descontar las horas que lleguemos tarde si vamos a una consulta medica asi llevemos justificativo medico. Nos quiere descontar. Ellos alegan que el justificativo solo es para que no aplique el despido justificado. Es legal? como puedo avalar que no es legal existe algun articulo donde nos podamos proteger?

  84. Se que el articulo no tiene mada que ver con lp que voy a preguntar pero me urge la duda llevo trabajando en una empresa 2 años la empresa alega que tiene deudas con el IVVSS POr lo cual no se me hecho pagos del mismo pero me los descuentan en todas las quincena, el abogado de dicha empresa defiende el argumento y dice q apenas terminen de camcelar pagaran ¿hay algun art que pueda defender mi caso? Ya q llevo 2años en este tema

    • Con la última reforma a la Ley del Seguro Social, eliminaron lo que la del año 67 establecía, que era asegurado todo aquel que prestara sus servicios a un patrono por cuenta ajena y se consideraba asegurado aún cuando el patrono no lo hubiese inscrito al seguro social, la última reforma del año 2012, eliminó ese criterio, por lo tanto, si a un trabajador le descuentan el seguro social y el patrono no lo entera al IVSS, estamos en un acto de apropiación indebida, por lo que le recomiendo acudir a un fiscal público y hacer la denuncia pertinente por atentar contra sus intereses.

    • El pago del salario sustitutivo durante el período de la licencia de maternidad, pre y post natal está a cargo del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS), el art. 72 y 73,de la lottt únicamente establece que la suspensión de trabajo por enfermedad común o laboral, el patrono pagará la diferencia de lo que no paga el ente de la seguridad social incluyendo los tres primeros días, la maternidad no está incluida como enfermedad.

  85. Buenas tardes por favor aclararme una duda soy trabajador del sector salud trabajo en el turno rotativo en estos momentos estoy de permiso por psiquiatra. Ellos me tienen que descontar bonos nocturnos y días feriados?

  86. Buenos dias luego de que culmina un reposo postnatal cuanto tiempo tengo para que el ivss me cancele ese tiempo de reposo desde agosto hasta febrero?????

  87. Buenos días. Soy profesor en la Católica desde hace 18 años y recién descubrí que la universidad nunca me inscribió en el Seguro Social. ¿Esto es legal? ¿Cómo puedo hacer? Gracias por orientarme.

  88. buenas mi mama fue operada ya hace dos meses pero por otros motivos le tienen que volver hacer otra operacion en su trabajo le pagaron el primer mes sin ningun problema ella ha validado sus reposos y los tiene al dia pero resulta que ahora la empresa nole quiere pagar como se hace en ese caso ? a donde debemos acudir ?

  89. Buena tarde, soy docente y tengo 71 de reposo acumulados y convalidados por el IPASME, quisiera saber a partir de cuanto tiempo debo ir al IVSS por Consulta y convalidación

  90. Hola yo tuve un reposo por 5 meses por dicopatia cervicolumbar, trabajo para una empresa privada, y segun por el nuevo sistema me toca evaluarme el ivss y me llenaron la 1408 para incapacitarme. En realidad yo estoy bien mi medico privado me mando a trabajar, pero el Dr. Del IVSS que me validaba el reposo; lleno la 1408 segun por el sítema, pero creo que fue la empresa que lo solicito. Actualmente esperando la cita evaluadora del Ivss y Dios quiera me reincorpore a mi trabajo. Que la empresa privada no se salga con la suya usando el poder del dinero y quererme incapacitar. Yo estoy el 100% recuperada y acta para trabajar. Pero la empresa no me dejo reintegrarme esperando la evaluación del IVSS. Y con mi reintegro por escrito de mi médico privado. Que puedo hacer???

  91. Buenas noches Dra.Pero yo tengo mi reintegro de mi Dr. Privado mi Traumatólogo y estoy acta 100% para trabajar. Estoy bien. Y estuve de reposo desde el 14 de Diciembre del 2016 hasta el 30 de Mayo del 2017. Tengo de reposo 27 semanas y la empresa privada donde trabajo; solicitó la 14-08 y me niegan el derecho al trabajo hasta que me evalúe el IVSS. La empresa dice y el Dr. Del IVSS donde yo validaba mis reposos, que a partir de 2 meses puede la empresa solicitar la 14-08. Y tengo entendido que la 14-08 se solicita si tengo 52 semanas de reposo. Que puedo hacer ayúdenme. Yo quiero seguir trabajando estoy bien, QUIERO QUE ME GARANTIZEN MI DERECHO AL TRABAJO. Agradezco su ayuda y me orienten.

  92. BUENOS DIAS !!!
    ESTOY INTERESADO EN SABER LA NORMA – REGLAMENTO O LEY QUE DISPONE QUE LA EVALUACION DE DISCAPACIDAD RESIDUAL DEL I.V.S.S PASO AHORA A LA DISPONIBILIDAD DEL PATRONO CON LA ENTREGA DE LA 14 08 Y NO AHORA CUANDO SE CUMPLEN LAS 52 SEMANAS O MAS….

  93. Estoy interesado en saber si en una reunion de trabajadores y trabajodoras a la luz publica el patrono divulgue los reposos medicos durante su tiempo en la empresa, ¿que articulo de la lot me respalda la informacion? favor responder

  94. BUENOS DIAS. EXISTE UNA LEY DONDE EL PATRONO PUEDE DESCONTAR EL REPOSO EXTENDIDO POR EL SEGURO SOCIAL, SI EL TRABAJADOR ESTA PENSIONADO Y ACTIVO. (15 DIAS DE REPOSO Y APLICAN EL ARTICULO 73 DE LA LEY ORGANICA DE TRABAJO)

  95. Buenas tarde! Si un empleado tuvo un accidente en su casa y se fracturo la mano el 8 de mayo de 2017 y presento un reposo en la empresa hasta el 21 de mayo, y el patrono le siguió pagando su sueldo su cestatiket, y el empleado sigue de reposo, que debería hacer el patrono en esté caso?

  96. hola buenos dias tengo un problemita en la empresa donde yo trabajo tenemos varios trabajadores de reposo de mas de tres dias y la empresa pagaba el 100% de salario y ahora salio que va a cancelar el 33.33% y la cuestion del problema es que la empresa tiene firmado un contrato firmado con el sindicato donde hay un articulo que dice que la empresa debe pagar un 100% necesito que me oriente en ese caso

  97. Buenas tardes tuve un reposo pre y postnatal que culminó el 22 de febrero del 2017 la empresa me canceló el 33,33% y el 66,66% quien lo cancela o ha donde debo dirigirme? Y cuales son los requisitos para que me cancelen? Soy de turmero eso. Aragua

  98. Buenas noche..estoy usando el servicio que me corresponde como asegurado..mi pregunta es la siguiente soy trabajador de una empresa pública. Ellos deverian pagar completo o pagan el 33℅..y la otra pregunta es la siguiente soy amputado de mibpie derecho uso una protesis se me estava formando una dermatitis la prinera vez la doctora que me evaluó me dio 15 dias de reposó.. Hoy me evaluo otra doctora y me dio 10 dias la herida que tengo en mi muñón la sanación es lenta.. Cuanto es el maximo que me puedan dar de reposo. Anónimo. El vigia..

  99. hola buenas tarde como ago para que me 3 semana de reposo del 24-07-2017 al 13-08-2017, por un accidente q tube el cual tube un traumatismo en el brazo y no podia hacer fuerza, y fui al seguro y me dieron la cita para avalar el 17-10-2017

  100. Buenas tengo una duda, soy Bioanalista y trabajo en 2 lugares, estoy por salir de reposo de maternidad, en uno de los trabajos cotizó por el ivss y en el otro no, en el trabajo donde no cotizo de igual forma voy a emitir mi reposo, pero como me deberían pagar ellos ?

  101. Buenas noches, quien puede asesorarme con el siguiente tema:

    Trabajo en un supermercado, mis días libres son miercoles y jueves, si tengo una suspensión por 48hrs desde el día martes (por mal estar de gripe), mis días libres se corren o se consumen durante durante mis días de suspensión?.

    Si alguien puede ayudarme con un articulo que lo soporte, por favor se lo agradecería..

    • Amigo los reposos son continuos sea dia laboral o no.. no tienes que correr tus dias libres simplemente tu reposo coincidio con tus dias libres lamentablemente…

  102. Buenas noches, anteriormente en la empresa donde laboro gozábamos de un HCM su cobertura era por patología, nos la cercenaron y limitaron a toda la carga familiar y no era necesario ir a convalidar ningún tipo de reposo ya que el IVSS esta fuera de la zona, hoy día la entidad contrato un medico ocupacional la cual aquellos que ya consumimos el HCM, la empresa no nos autoriza las ordenes medicas para consultas con ella, pero si quiere que ella nos convalide los reposos emitidos por otros centros asistenciales de 3 días en adelante con la misma… algún aporte se les agradece en el alma ya que cada vez la situación esta mas dura gracias

  103. Buenas tardes yo necesito un reposo por cuido de familiar, en este caso, mi madre, que casi no puede movilizase por sus propios medios ya que trabajo en un ministerio y no cuento con recursos para costearle a alguien que la asista, vivo yo solo con ella y se ha caído en varias ocasiones cosa que me aterra no vaya a sufrir una grave lesión, ya tuvo un dislocamiento de codo por esta situación, gradecería me indicaran por favor que requisitos a parte del informe médico debo llevar al IVSS para que me otorgue dicho reposo. Gracias

  104. En mi caso que soy trabajador activo y pensionado con mas de 2000 cotizaciones, y de reposo desde el 23/3/2017; como debería ser la cancelación de mi sueldo? 33.33% patrono y 66.66%IVSS? o 100% patrono?

  105. buenos dias, soy pensionado y todavia trabajo, me realice una operacion de urologia, y me dieron 30 dias de reposo fui al seguro a convalidar y me dijeron que segun el articulo 168 del reglamento general de la ley del seguro social el sistema operativo no permite su convalidacion por favor aclarenme esto?

    • Buenas tardes. El artículo 168 del Reglamento General de la Ley del Seguro Social establece:
      «No serán compatibles entre sí, las pensiones de invalidez y vejez; pero el beneficiario tendrá derecho a acogerse a las más favorable.
      TAMPOCO SERÁN COMPATIBLES LA PERCEPCIÓN DE INDEMNIZACIONES DIARIAS CON UNA PENSIÓN DE INVALIDEZ, VEJEZ O DE SOBREVIVIENTE, PERO EL ASEGURADO TENDRÁ DERECHO A LA QUE LE SEA MÁS FAVORABLE»

      Esto quiere decir, que como UD. ya está cobrando una pensión, tal vez sea la de vejez, el IVSS no le va a pagar el 66,66% de su sueldo durante el tiempo del reposo. Pero expliqueles, que su razón para convalidar el reposo que le dio su médico tratante es para justificar sus inasistencias al trabajo, no para solicitar el pago de las indemnizaciones diarias al IVSS. Ya que es obvio que si UD. solicitará este pago, el SISTEMA lo rechazaría porque ya percibe una pensión. Éxito.

      • Buenas noches, Magro Rosalia, debo entender que los trabajadores que cotizan en dos empresas, solo reciben una pensión en caso de incapacidad residual, ya que el sistema rechazaría a la persona que este incapacitada, así sea de la primera empresa?

  106. Buenas mi nombre es José Ortega y soy personal activo de empresas Pomar ya tengo 8 meces de reposo y me han operado dos veces y voy mi 3ra operación pero ya el sistema no me quiere validar más reposos y el seguro social me mando a llenar la 14-08 mi pregunta es la siguiente. 1) Al llenar dicha planilla como se justifican mis ausencias en el trabajo. 2) ese tiempo que voy a estar esperando por la evaluación médica se justifica como reposo? 3) como voy a quedar de caras a con la empresa sigo cobrando o que va pasar, espero me puedan ayudar ata. José Ortega CI 14019626 tlf 04140192116

  107. Buenas noches. Que debe hacer un patrono ante el siguiente caso:
    Una Profesora de una Universidad Pública, trabajo por muchos años para dos Instituciones del Estado, sin que ninguna de las instituciones advirtiera esa situación. Resulta que por la edad se jubiló por una de ellas, a su vez está cobran la pensión de vejez por el IVSS. Una vez jubilada, solicita jubilación por la segunda entidad, que descubre el cabalgamiento de horario y le inicia un procedimiento disciplinario. La docente en cuestión para retrasar el procedimiento consigna reposos medicos pero no convalidados por el SS.
    Me pregunto, ¿un trabajador en esta situación (pensionado por vejez pero que sigue cotizando) se le convalida reposos?, ¿puede iniciar un trámite de incapacidad?

  108. Estoy de reposo por 21 días lo con valide por ante IVSS envíe el reposo con copia y la directora de la escuela donde trabajo como secretaria me exigió que debo llevarlo ante el IPASME

  109. buenas tengo un reposo por 21 dias los cuales convalide en el ivss pero extemporaneo en mi trabajo que es un ente publico y me dijeron que para ellos no es valido y debo reponer esos dias a cuenta de mis vacaciones, no obstante me dicen que es causal para un despido porque aunque el reposo es extemporaneo no estoy justificando esos dias eso es valido? gracias

  110. Hola buenas Tardes , mi situación es la siguiente me encuentro de reposo indefinido desde el mes de mayo del año corriente, debido a que fui diagnosticado con cancer, estoy recibiendo quimio las misma culminan en noviembre, la empresa para la cual laboro ( Excelsior gama) no me esta pagando el 33 % ellos dicen que mientras este de reposo no pagan sino hasta el reintegro me sacaron del sistema y me dicen que estoy bloqueado para pagarme , que debo hacer ante esto por favor yo he validado todos mis reposo antes el IVSS
    Gracias de antemano a sus buenos oficios.

    • Deben seguir pagando normalmente hasta tanto la junta evaluadora del IVSS revise tu caso y determine si tienes o no capacidad para trabajar. Lo q si establece la ley es q después d las 52 semanas d reposo te quitan en bono de alimentación. O desconocen la ley o se hacen los locos. Que injusticia!

  111. Buenas tardes soy trabajadora residencial el impsasel me dio un informe para el patrono que deben cambiarme de puesto o que debo evitar hacer muchas de las funciones que me corresponden, entiendo que no hay otro puesto para mi. pero ademas debo decirles que tengo hace 4 años una pension de invalidez que yo no he informado a los patrones que pasata si ellos se enteran.

  112. Buenas tardes, mi caso es el siguiente, tengo una lesion en el pie izquierdo (fractura ) de la cual me han operado 2 veces, m,e reincorpore al trabajo un mes antes de cumplir las 52 semanas, ahora bien sali de vacaciones y tengo que operarme nuevamente lo que originaria mas o menos 3 o 4 meses de reposo…. ya me habian amenazado con incapacitarme… pueden hacerlo ahora con esta nueva operacion, llevo un mes trabajando despues del ultimo reposo que casi alcanzan las 52 semanas

  113. HOLA BUENAS TARDES , COMO HACE UNA PERSONA PENSIONADA PARA VALIDAR UN REPOSO, SI EL IVSS ALEGA QUE ESTA PERSONA ESTA PENSIONADA Y POR LO TANTO EL SISTEMA NO LES PERMITE VALIDAR. LA PERSONA LE DIO UN INFARTO DENTRO DE LA EMPRESA HACE 3 MESES Y NO RECIBE PAGO DESDE ENTONCES, NI PAGO DE TICKET DE ALIMENTACIÓN. QUE DEBE HACER

  114. Quisiera informacion, ya soy pensionada, pero estoy activa en la empresa en donde tengo 25 años de servios. ¡si salgo de reposo en la empresa esta esta obligada a cancelarme mi salario?, LA EMPRESA me descuenta mensualmente mi COTIZACIÓN del PAGO MENSUAL DEL IVSS

  115. Soy médico comunitario tengo miomas uterino con hipoglucemia nódulo tiroideo infección urinaria tuve 5 años trabajando en santa María de ipire Edo Guárico no me pudieron operar x falta de anestecia en espera de turno quirúrgico hablé todo por el seguro no se pasaron alo patrono eso está en sistema pedí cambio para .San Juan por situación de salud mi hija está enferma complicada pedí ayuda ahora me quieren botar es injusto nesecito ayuda

  116. Buen dia, necesito de ustedes informacion, actualmente estoy de Reposo, (columna), soy pensionada por el ivss, pero sigo Activa en mi trabajo, soy empleada publica, mi pregunts es: debo seguir convalidando mis reposos por el ivss, o lo debe hacer el medico del payrono?? Lrs agradezco la informavion

  117. cuando un reposo continuo es interrumpido?? gracias ya q mi patrono me hizo una carta de prestación de servicio q estoy de reposo desde el.2013 cuando es falso ya que la junta medica me indica laborar carga horaria reducida por un año en el.año 2015 y al.año siguiente me reintegro a trabajar en aula . actualmente estoy de reposo desde e 11 /2017. como dice el directivo q mi reposo es continuo desde la fecha antes mencionada . gracias por su asesoría

  118. Mas que um comentario es una duda. Tengo un trabajo de incapacidad desde agosto 2019. Llevo 2 reposos de los cuales el ultimo no se reincoporo a sus labores ni me lleva la continuidad del resposo alegando de que el IVSS no tenia formato para emitir el resposo. Por lo que paralice el pago del 33% del salario hasta ta tanto no me lleve el resposo medico. Ahora bien la empresa arregla prestacipnes fin de cada año. Este año le procese su liquidacion a la ausencia de un reposo con mas de 1 mes de vencimiebnto. Con fecha de culminacion del ultimo reposo. Queria me orientara si estoy en lo correcto o estaria violando alguna norma.

  119. Buenas tardes, requiero su ayuda con lo siguiente, vivo en Cumaná estado sucre, aqui no tenemos centro asistencial del seguro social, tengo entendido que por pertenecer a regimen parcial no se debe validar los permisos mayores a tres días, podría alguien orientarme con ello, estoy próxima a salir de pre natal, y de la empresa me indican que obligatoriamente debo validar, mi embarazo es alto riesgo. Quedo atenta a sus comentarios. Gracias.

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